jueves, 6 de marzo de 2014

#8M Itziar González, "El feminisme és l'eix transversal del canvi social"

Itziar González, 
Conferència a Sant Pau del Camp

Dins el marc de la celebració del 8 de març, Dia Internacinal de les Dones, comencem un cicle d'entrevistes breus en vídeo anomenat: "L'Entrevista de Feministes de Catalunya" Des d'aquest espai entrevistarem a dones destacades de la societat catalan. Volem posar en valor els seus talents, la seva experiencia, la seva mirada sobre "què passa al món", la seva opinió i visibilitzar el seus pensaments.

Us presentem avui a Itziar González, arquitecta, pacifista, feminista, i ecologista. És una de les persones del grup impulsor del Parlament Ciutadà

Itziar González va ser regidora del districte de Ciutat Vella a Barcelona com a independent (de 2007 a 2010). Des d'allà va tractar d'atendre les demandes i necessitats dels ciutadans fins que va topar amb l'enorme influència dels lobbys econòmics instal·lats a la ciutat. Va deixar el seu càrrec com a regidora i  llavors va començar a dedicar-se a la tasca d'ampoderar a la ciutadania per canviar les estructures de poder que veia que estaven segrestant a la democràcia. 

Des de fa temps, conjuntament amb altres 70 persones, impulsa el Parlament Ciutadà, una iniciativa que pretén aglutinar el coneixement i la capacitat organitzativa dels moviments socials per constituir un contrapoder ciutadà enfront les institucions tradicionals. “Tenim a dirigents completament incults al capdavant d'una ciutadania que està absolutament il·lustrada” dèia a una entrevista d'un diari... 

Justament, els propers dies 14 i 15 de març organitzen les seves "Segones Jornades del Parlament Ciutadà"  amb els següents objectius:

  • Ampliar el coneixement sobre les principals visions i estratègies transformadores i les accions i mesures d’urgència que avui es proposen des dels moviments socials més actius a Catalunya.
  • Debatre les prioritats que poden encapçalar les actuacions col·lectives més immediates, cercant objectius comuns i la unitat d’acció de la ciutadania.
  • Avançar en la consecució d’un espai permanent de confluència, deliberació i cooperació, que sigui alhora un instrument d’acció política de la ciutadania activa.

Feministes de Catalunya és un dels Fòrums  convidats a participar en aquestes segones jornades, conjuntament amb altres moviments ciutadans i associacions.

Itziar González, creu fermament que el feminisme pot ser l'eix transversal i intergeneracional que aglutini la força necessària per impulsar el canvi social.  "Les dones són els agents actius més potents de la societat, elles, nosaltres, si treballem en xarxa  podem canviar les coses..."

Aquí teniu l'entrevista que li vam realitzar el passat mes de gener del 2014.


Entrevista a Itziar González from Feministes de Catalunya on Vimeo.


Altres articles i entrevistes d'Itziar González que us poden interessar:

"Tots som democràcia, és hora de crear un lobby ciutadà"

"La Revolta d'Itziar"

"Compareixença al Parlament de Catalunya en relació a la Llei de Consultes" 

“La verdadera salud de la política está en el activismo ciudadano”

Articles Publicats a El País


jueves, 27 de febrero de 2014

La Dra Dolors Comas d’Argemir rep la Distinció Maria Antònia Ferrer 2014 #URV

Dolors Comas Argemir 
Des de Feministes de Catalunya compartim i celebrem el reconeixement a la Dra Dolors Comas d'Argemir per la seva tasca en la defensa dels drets de les dones, Distinció Maria Antònia Ferrer 2014. Aquesta distinció és un reconeixement que atorga anualment la URV a aquelles persones, entitats i institucions o col·lectius de la societat civil i del món acadèmic que han destacat per la seva tasca de defensa de les dones i la seva visibilització.

Aquí teniu més informació sobre l'acte institucional que es realitzarà el proper 4 de març a les 16h a la Sala de Juntes del Campus Catalunya, en el marc de la Setmana per la Igualtat de la URV


TAULA RODONA "EL DRET AL PROPI COS"


Us convidem a participar en aquesta Taula rodona sobre el dret al propi cos i l'avantprojecte de reforma de la llei sobre l'avortament que organitza la Comissió de Dones Avdocades del Col·legi d'Avocats/es de Barcelona  el proper 19 de marça a les 19h al Pati de Colummes.


miércoles, 26 de febrero de 2014

Presentació Plataforma Dones Conselleres i Directives Observatori dona empresa i economia

L’ Observatori Dona Empresa i Economia, presenta la Plataforma de Dones Conselleres i Directives, que en base al perfil competencial necessari per ser conseller/consellera o directiu/va i  elaborat segons els criteris dels propis consellers/conselleres actuals hem elaborat. Tanmateix i amb l’ objectiu de que sigui una eina útil i també inclusiva

Els darrers estudis sobre la diversitat a l’ empresa  han mostrat que les empreses amb més participació femenina tenen millors resultats econòmics i les decisions que prenen són més ètiques i properes a les demandes dels consumidors.

Des d’aquesta visió i amb l’únic propòsit de contribuir-hi, us volem convidar perquè ens acompanyeu en la presentació d’aquest nou instrument que, amb rigor i qualitat, creiem que ajudarà  a enriquir la composició dels òrgans de decisió de les empreses i organitzacions, tan públiques com privades i que, han de contribuir a la millora del nostre entorn en tots els aspectes de l’ampli concepte de l’economia.

La Plataforma esta oberta a totes les empreses publiques i privades i a totes les consultories que cerquin perfils competencials de futur entre el Talent Femení.

L’acte de presentació es durà a terme el proper 4 de març a les 10h a Casa Llotja de Mar (Passeig Isabel II, 1).

lunes, 24 de febrero de 2014

Reformas que afectan a las mujeres: Reforma del Código Penal


Artículo de Meritxell Guàrdia i Serentill, publicado en Pikara Magazine

La reforma del Código Penal presentada en la cámara parlamentaria a finales de diciembre por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, endurecerá el actual sistema punitivo español. Diversas voces críticas dentro del ámbito jurídico coinciden en destacar la carencia de argumentos que justifiquen la magnitud punitiva de esta reforma. En ese sentido, la táctica de la “mano dura” contra la delincuencia no guarda relación con la realidad si tenemos en cuenta que la tasa de criminalidad estatal ha disminuido más de 3 puntos con respecto al año pasado y no se corresponde con el gran volumen de personas presas que tiene el Estado español. 


Aparte de las medidas más polémicas como la legalización de la cadena perpetua por medio de la “prisión permanente revisable” o el endurecimiento de los delitos que restringen los derechos y libertades de reunión, manifestación y expresión, es necesario mirar con lupa otras modificaciones no tan enfocadas por la luz mediática. Entre otras calificaciones, la propuesta penal se ha presentado como una de las más “proteccionistas” con las mujeres, mientras que desde otra óptica, esta reforma lo que hace es reforzar el victimismo hacia estas y agravar el castigo en ciertos comportamientos transgresores.
Reformas que afectan a las mujeres
Más allá de las incorporaciones en la reforma del código penal de los nuevos tipos delictivos como el “matrimonio forzado” o la “divulgación de material gravado no autorizado”, merecen especial atención otras modificaciones no tan exhibidas por el Gobierno popular y que tendrán una grave afectación sobre las mujeres, en especial en las que se encuentren en situación de marginalidad o exclusión social. En primer lugar, la conversión de las faltas a delitos leves y a infracciones administrativas implicará un aumento de las cuantías y de la severidad de las penas. Las faltas contra el patrimonio como el hurto, defraudación o daños también se elevan a penas de cárcel o penas multa si los bienes substraídos no superan los 1.000 euros. Este último delito, el hurto, es uno de los más recurrentes entre las mujeres en situación de marginalidad y pobreza, muchas de ellas migrantes y de minorías étnicas, las cuales basan sus ingresos económicos en esa actividad. Así pues, la alerta se sitúa en los antecedentes penales que podrán comportar este tipo de delitos -la cancelación no llega hasta pasados 6 meses-, los cuales dificultarán al colectivo migrante su regularización o favorecerán su expulsión en casos encadenados. Cabe destacar los casos de reincidencia, ya que pueden no tratarse como delitos leves al considerarse hechos “profesionales”, los cuales se consideran “fuentes de ingreso no ocasionales” (recogidos en el artículo 235 y 235 bis), comportando penas de prisión de uno a tres años.
Otras modificaciones de la reforma que afectaran específicamente a las mujeres son las referentes a la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral Contra la Violencia de Género, la cual borra del código penal el concepto de “violencia de género” y despenaliza las amenazas y coacciones hacia las mujeres, tipificándolas como delitos leves. Además se propone que las agresiones cometidas ante hijos e hijas no se consideren un hecho agravante -como sí se considera actualmente- con una pena prevista que podrá ser de multa en algunos casos. La propuesta de reforma abre la puerta a conmutar la pena privativa de libertad por la mediación, posibilidad que contradice lo establecido por la Ley contra la Violencia de Género. En este sentido, debemos recordar que el segundo delito –el primero es el relativo a la seguridad vial– con más condenas con medidas penales alternativas a la privación de libertad, como los trabajos a la comunidad, es el de violencia de género. En relación a los casos de conmutación de penas, el delito por violencia machista es el que acumula más sustituciones de pena de prisión por trabajos a la comunidad, ya que el 60% de las condenas a prisión por este tipo de delito son suspendidas y conmutadas, según revelan los datos del tercer trimestre de 2013 de Instituciones Penitenciarias.
Otra de las inclusiones en la reforma es la penalización del aborto, la cual se tipifica en el artículo 145 y puede comportar hasta 3 años de cárcel y la inhabilitación profesional de hasta 6 años para aquellas personas que faciliten y lleven a cabo la interrupción del embarazo con consentimiento de la mujer. Las paternalistas argumentaciones del Gobierno popular consideran a las mujeres seres pasivos, “víctimas” del aborto, y no parte activa con decisión plena sobre el acto de interrupción del embarazo. Y es que el tratamiento de “sujeto pasivo” hacia la mujer es reiterado en el código penal. La jueza Nekane San Miguel Bergaretxe en el artículo ‘¿Código Penal en igualdad?’ expone que esta posición está en consonancia con la idea extendida del papel de la mujer en la sociedad y parece ser “la admisible” condición en el proceso penal.
Presión punitiva hacia la prostitución
Otro de los aspectos destacables en la reforma del Código Penal y también en la propuesta de Ley de Seguridad Ciudadana se refiere a todas aquellas medidas encaminadas a ejercer más control y presión punitiva sobre la prostitución. Por un lado, la ley de Seguridad Ciudadana contempla infracciones administrativas graves para las trabajadoras sexuales de hasta 30.000 euros de multa por el hecho de ejercer en espacios “de uso de menores” y en lugares “dónde se ponga en riesgo la seguridad vial”. Eso puede comportar, en la práctica, que todas las trabajadoras sexuales que ejercen en los alrededores de las carreteras sean penalizadas.
Por otro lado, la reforma penal transforma el artículo 188 al introducir el nuevo artículo 187 que choca directamente con el delito de trata que se introdujo en la reforma de 2010. Y es que el artículo 188 ha sido muy criticado por diversos sectores feministas porque en él se podía incluir la mayor parte de conductas relacionadas con la prostitución aunque la mujer ejerciera voluntariamente. Tal y como expresa Paula Arce Becerra, abogada especializada en temas de género: “La cuestión es que no tiene demasiado sentido mantener el artículo (art. 187 o 188), ya que no hace más que contribuir a la ambigüedad y la falta de claridad en la situación en que se encuentran las mujeres que ejercen la prostitución y por tanto se les deja en una situación de mayor desprotección en el ejercicio de sus derechos”.
El castigo en la transgresión de género
Más allá de las reformas propuestas, dentro del sistema punitivo existe una mayor severidad en las condenas de todos aquellos delitos cometidos por mujeres que comporten, además del quebrantamiento legal, una transgresión del rol de género. Como expresa la abogada Solange Hilbert Perez, “determinados temas generan más repulsa social hacia las mujeres que respecto a los hombres, por ejemplo en todo lo que tenga que ver con delitos donde esté involucrada una persona menor, y eso se acaba traduciendo en más dureza hacia las encausadas”.
Dejando a un lado la polémica entre el feminismo punitivo y el feminismo abolicionista, es evidente el desequilibrio punitivo que tienen ciertos delitos dependiendo del género de la victimaria y de la víctima. Esta mayor dureza se traduce en penas mucho más altas según el tipo de delito y sobre quien afecta. Las penas impuestas a las personas que transportan drogas -la mayoría mujeres y denominadas “mulas”- las cuales pueden superar los 10 años de cárcel, mientras que las penas por agresión sexual o por violencia de género, en determinados casos, pueden pasar a conmutarse por trabajos a la comunidad. Además, como argumenta la autora Daniela Zaikoski en el artículo ‘Género y Derecho Penal: Tensiones en el interior de sus discursos’, cuando las mujeres son victimarias no se tiene en cuenta o pesan muy poco los condicionantes relacionados con el rol de género, y al mismo tiempo cuando las mujeres son las principales afectadas por delitos cometidos mayoritariamente por hombres se ven más cuestionadas, levantando sospechas contantes sobre sus conductas. Un ejemplo citado por Zaikoski se refiere al caso de la violación: “Pueden ser protegidas en su honra o la de sus familiares o ser protegidas ante la vulneración de su libertad sexual, aunque nunca falta la investigación sobre su vida privada y la repetición  hasta el hartazgo de cómo fue que pasó lo que pasó.”
Un ejemplo más de la mayor severidad hacia las mujeres que rompen las normas en comparación con los hombres lo encontramos en las sanciones dentro de las cárceles. En proporción, la tasa de expedientes disciplinarios es mucho más alta en mujeres que en hombres, según datos de Instituciones Penitenciarias, dada la menor permisividad cuando se rebelan o sobrepasan las normas penitenciarias.
Derecho penal: patriarcal y androcéntrico
La producción del Derecho ha estado siempre en manos del poder, sustentado por las relaciones de dominación heteropatriarcales y la visión androcéntrica de la sociedad, entre otros elementos. Por tanto, si se tiene en cuenta que el derecho afecta especialmente a los estratos más discriminados (por clase, etnia, género, etc.), no es extraño que dentro de los códigos de castigo se viertan todos los residuos patriarcales posibles. Así pues, con el paso del tiempo, el derecho ha tratado los bienes jurídicos de diferente manera según el sexo de su propiedad, ha uniformizado y esencializado el colectivo de mujeres sin tener en cuenta sus particularidades o ha contribuido a crear y reforzar determinados roles de género.
Una de las teorías de la socióloga y criminóloga Carol Smart expone que si tomamos como premisa que el derecho estipula las conductas consideradas como “anormales” y las tipifica como delito, éste contribuye a establecer una estrategia creadora de género. De esta manera se definen los estereotipos que enfrentan la mujer ideal con la “mala mujer”, aquella que delinque y se le asignan las categorías de “mala madre”, “madre soltera”, “madre abnegada”, etc.
En ese sentido, las connotaciones e implicaciones del rol de género funcionan como mecanismos de control y de ahí parte la teoría, sustentada por muchas autoras, sobre los dos sistemas punitivos y de control que recaen sobre las mujeres. Uno de ellos, más informal y conformado por la dimensión pública, que nace del ámbito persuasivo y educativo, y que se plasma en la reacción y comportamiento social contra determinadas conductas que desobedecen el rol de género. El otro se da en un ámbito formal, representado por diversas instituciones represivas y punitivas del estado. Este doble control puede explicar por qué el número de delitos es menor en mujeres que en hombres, ya que gran parte del control lo ejerce el denominado sistema informal. Para ello, basta con observar las estadísticas de personas encarceladas en el Estado español, las cuales revelan que sólo el 7,6% de la población reclusa son mujeres. Aun así, en la comparativa europea de 2009, el Estado español se situaba como el país con la tasa más elevada de mujeres encarceladas de la Unión Europea.
Esta idea tiene mucho que ver con la manera y los motivos que llevan a delinquir o a la transgresión, ya que a las mujeres nos cuesta mucho más sobrepasar la barrera del control informal. Así pues, los tipos penales y las conductas delictivas están basadas mayoritariamente en parámetros masculinos. Por ejemplo, tal y como expone la magistrada San Miguel Bergaretxe en el artículo anteriormente citado, el diseño y la previsión de las circunstancias modificativas de responsabilidad (eximentes y atenuantes, básicamente) responden a un modelo androcéntrico, ya que se modifica la responsabilidad penal atendiendo a pautas de comportamiento masculinas.
No obstante, el tema es complejo y a pesar de no existir ningún estudio empírico en este ámbito, las autoras señalan que dentro del sistema punitivo formal se recogen una serie de características patriarcales y androcéntricos repetidas en el tratamiento de las mujeres por parte del derecho y el aparato jurídico, tales como el paternalismo de los tribunales hacia las mujeres en diversas circunstancias, el victimismo excesivo cuando las afectadas del delito son mujeres, la mayor severidad en determinadas condenas cuando son cometidas por mujeres a raíz de su transgresión de género, la escasa presencia de las mujeres en el campo profesional jurídico o del mismo lenguaje androcéntrico utilizado en la redacción de los códigos.

"Perspectives" Debats sobre bioètica: La Pobresa amb Thomas Pogge i Victoria Camps


Us convidem a veure aquest vídeo de "Perspectives" sobre la Pobresa a càrrec de Thomas Pogge i Victòria Camps. Fundació Grífols i Lucas